domingo, 2 de mayo de 2010

Toma Palacio de Justicia








1.Escenario, Características, Situación Conflictiva.


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El 6 de Noviembre de 1985, día en el cual la Corte suprema de justicia fallaría de manera positiva el proyecto de extradición, el Movimiento 19 de abril, ingreso a las instalaciones del palacio de justicia de Colombia y toma como rehenes a civiles y en especial a magistrados de las altas cortes. El principal objetivo de este grupo guerrillero era evitar el fallo de la extradición. Los miembros del M 19, quienes habían sido miembros de las Farc, para esta tarea habían sido financiados por el cartel de Medellín y el cartel de Cali, cuya pretensión era desarrollar un acto sensacionalista consistente en ajusticiar a los magistrados de las altas cortes, este se denomino “juicio del pueblo”. Por otra parte se pretendía destruir los expedientes que contra los narcotraficantes se tuvieran en el palacio de justicia en aras de evitar procesos judiciales.


El presidente de la república de aquel entonces, Belisario Betancur, no se intimidó con dichas acciones y decidió ordenar que se haga efectivo el respeto por la constitución y al estado de derecho, mediante la utilización de la fuerza por parte de las fuerzas armadas. En esta acción el ejército de Colombia en apoyo de la policía nacional planeaba la liberación de los secuestrados y aprehender a los miembros del M 19. El coronel Luís Alfonso Plazas Vega ingresa al recinto junto con los tanques de guerra con la intención de recuperar el control, este no era el comandante de la operación y este no tenia ordenes de realizar dicha acción, las personas rescatadas debían ser entregados a los organismos de inteligencia dado que hasta ese momento llegaba la “competencia” de las fuerzas militares. 48 horas después de la toma el ejercito rescata a aproximadamente 260 personas, entre ellas 40 magistrados. El grupo guerrillero lamentablemente produce la muerte a varios rehenes, entre los cuales se encontraban personal administrativo y magistrados, los cuales no fueron perdieron la vida en oscuras circunstancias. En aras de cumplir con el otro objetivo, la quema de los archivos de los narcotraficantes, el M 19 prende fuego al archivo nacional judicial de la corte, desencadenando un gran incendio, el cual quemó gran parte de la edificación.

Cuando la toma terminó, con un resultado de más de 100 personas muertas, se plantearon varios interrogantes, los cuales apuntaban a cuestionar que pasó con 11 personas cuyos cadáveres nunca fueron entregados a los familiares.

Una año más tarde la Corte Suprema de Justicia creó el tribunal de instrucción para investigar lo ocurrido en el palacio de justicia. Este tribunal lo encabezaron los magistrados Carlos Upegui Zapata y Jaime Serrano Rueda. El fallo del tribunal consistió en que el ejército colombiano actuó bajo el mandato de la constitución y defendiendo el estado de derecho, por tanto el M 19 fue declarado culpable por los hechos ocurridos. Además se concluyo que el coronel Luís Alfonso Plazas Vega actuó cumpliendo con sus responsabilidades y nunca transgrediéndolas, por tanto actuando conforme a derecho.

En cuanto a las personas que se encontraban en la cafetería se concluyó que los miembros del M 19 los llevaron al cuarto piso del edificio, donde ellos allí fallecieron, los cuales sus victimarios fueron los miembros de ese grupo guerrillero, pero a causa del incendio que se propicio en el edificio estos no pudieron ser identificados. Es importante aclarar que para el año en que ocurrieron los hechos la prueba del ADN era de difícil acceso en nuestro país, pero años después se debió practicar dichas pruebas, lo extraño del asunto es que medicina legal nuca elaboró este estudio.


Hasta el momento es un total misterio lo que ocurrió en el palacio de justicia toda vez que existen videos en los cuales algunas de las 11 personas que están desaparecidas salen con vida y fuera del edificio del palacio de justicia, pero momentos después según versiones del ejército estas fueron abatidas por el grupo guerrillero M 19 en el cuarto piso de la edificación. No se sabe a ciencia cierta que sucedió, no se sabe si se trató de un homicidio, por parte de la fuerza pública de Colombia, o un genocidio ocasionado por el M 19.

Siete años más tarde una juez decide condenar a los miembros del M 19 con pena de prisión por los hechos ocurridos en el palacio de justicia por los delitos de Homicidio Agravado, Secuestro, Terrorismo, Incendio y Sedición.

Este fallo jamás lo aceptaron los familiares de las víctimas y desde aquel entonces no han dado el brazo a torcer en cuanto a la búsqueda de la verdad sobre cuál fue la suerte que corrieron sus familiares. Lo peor del asunto es que después de firmar un proceso de paz el M 19 depone las armas y le es concedido una amnistía por los crímenes de lesa humanidad que habían cometido y además se les confiere poder político. Resultado de esto es que el país tiene en la actualidad a ex miembros del M 19 como gobernadores de departamentos o como candidatos presidenciales.

En el año 2005, veinte años después de los hechos ocurridos en el palacio de justicia, la Fiscalía General de la Nación abre investigación contra el coronel Luís Alfonso Plazas Vega por los presuntos desaparecidos del Palacio de Justiciar, en particular sobre la suerte que corrieron las once personas que estaban en la cafetería. En su labor investigativa la fiscalía ha encontrado elemento materiales probatorios que demuestran que algunas de las personas que fueron declaradas como muertas en el cuarto piso del palacio aparecen con vida y por fuera del edificio, lo que ha generado mayor curiosidad y zozobra a sus familiares sobre lo que realmente sucedió aquel día.

Nosotros consideramos que si bien es cierto en los casos de los conflictos políticos la justicia restaurativa no tiene un papel preponderante en cuanto su absoluta aplicación y desplazando a la justicia ordinaria, se podría utilizarla como método complementario ya que para las víctimas de estos 11 desaparecidos no basta con una mera condena de prisión a los causantes de los homicidios para ser reparadas, para las víctimas es de vital importancia que además de dichas condenas se les respete y s e les garantice el derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación, pero lo que desafortunadamente después de 24 años lo único que se ha podido vislumbrar con la sola aplicación de la justicia ordinaria y su idealismo de la pena como medida retributiva, es un continuo silencio, lo que ha colaborado para que el resentimiento de las victimas se exacerbe y los culpables de estos delitos se guarden la verdad de lo que aquel día sucedió.

2. Análisis del Conflicto, Dimensiones Subjetiva y Objetiva.

Dimensión Subjetiva: En el caso puntual de la toma al PALACIO DE JUSTICIA por parte de los guerrilleros del M-19, podemos evidenciar la dimensión subjetiva en la forma de la vinculación de estos terroristas a estos grupos al margen de la ley y la forma como son tratados estos sujetos dentro del grupo, los sentimientos de estas personas. Pues sabemos que muchos, sino todos, los integrantes de estos grupos alzados en armas, lo hacen por experiencias negativas, porque han sido víctimas de la arbitrariedad y así los sujetos desarrollan miedo, rabia y toda una serie de experiencias negativas. Entonces en este caso que se ataco al palacio de justicia una institución estatal, la sede de la justicia en nuestro país, una de las tres ramas que conforman el poder público, lo que se está haciendo es dirigir el ataque de manera directa contra el estado. Pues este se tiene, para este grupo de personas, como el autor o causante de todas las experiencias y vivencias negativas de los integrantes. Es por este motivo que el día 6 de noviembre de 1985, día en que la sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia fallaría positivamente la ley de extradición en Colombia, el grupo terrorista M-19 (Fundado por ex-miembros de las FARC) con financiación “Los Extraditables” (Alianza entre El Cartel de Medellín y el Cartel de Cali) ingresa por la fuerza, disparando y asesinando personas al Palacio de Justicia de Colombia y secuestra civiles y en particular a los magistrados de a las altas cortes del poder Judicial. Además otro aspecto importante sobre la dimensión subjetiva, analizando a los determinantes del hecho y dejando de lado a los actores, es que las personas que financiaban estos grupos como ya se dijo eran narcotraficantes que tenían infinidad de deudas con la justicia, es decir, que para ellos el estado es su enemigo y la justicia no existe pues se consideran víctimas de la arbitrariedad y de un orden establecido, pues tanto los integrantes del Cartel de Medellín, encabezados por Pablo Escobar, como los integrantes del Cartel de Cali, liderados para esa época por los hermanos Rodríguez, se encontraban a punto de ser extraditados solo faltaba la aprobación de la ley, cosa que ocurrió el día de la toma, así que vemos como se quería hacer presión ante el estado para la no extradición e intimidar a la comunidad para que a la vez presionara al Estado, teniendo como objetivo: Evitar el fallo a favor de la ley de Extradición.

Hablar realmente de una dimensión subjetiva en este caso es una actividad dantesca dado que hay que abordar una serie de circunstancias tales como la razón por la cual se genera la idea revolucionaria de un grupo guerrillero o circunstancias aisladas como es el caso del reclutamiento forzado o la simple retribución económica por alzarse en armas. Es importante mencionar que muchos de los integrantes del M 19 eran unos verdaderos revolucionarios ya que se habían cansado de los continuos abusos que había propinado el estado a algunos sectores del país, marginamiento, corrupción, pobreza generalizada era lo que movía a algunos de estos personajes.

DIMENSION OBJETIVA: Respecto a esta dimensión tenemos que analizar el lugar del golpe, EL "OBJETO" QUE ENTRA EN DISPUTA ENTRE LOS ACTORES, el sitio que fue el foco del conflicto. Pues el atentando contra el PALACIO DE JUSTICIA se quería, EL OBJETIVO, evitar el fallo a favor de la ley de extradición e indirectamente mostrar el poderío, el dinero y el dominio territorial que podían tener estas personas, atacando una institución de tanta trascendencia como es la Corte Suprema de Justicia. Con este ataque se quería mostrar que este grupo y todos los que estaban vinculados a él no creían en la justicia ordinaria colombiana, pues se atentó contra las personas presentes, como si fueran los más feroces enemigos. Por otro lado atacando esta sede era un mensaje subliminal que se debía entender así, donde se apruebe la ley referente a la extradición los ataques seguirán y ya no serán solo contra instituciones estatales sino también directamente a la comunidad. Entonces tenemos que atacando el PALACIO DE JUSTICIA por una parte se quería demostrar que ellos no creían en la justicia colombiana y por otra obtener una ganancia especifica que era la no aprobación de la ley de extradición. Además al generar un conflicto sobre esta sede, se genera un conflicto directamente político y judicial pues es la tensión entre el legitimo poder del estado, derivado del pueblo, para juzgar y el poder ilegitimo proveniente del narcotráfico y de las armas de estos grupos para poner en jaque todo el aparato judicial de ese entonces.

3. Bases Culturales y Estructurales.

Bases Culturales: Las bases culturales son las ideologías y narrativas que justifican las acciones violentas de los actores que intervienen en los conflictos, quienes finalmente a través de estos argumentan y explican su accionar, es decir, las bases culturales son aquellas que se arraigan en el accionar de los actores, aquellas practicas que para ellos se convierten en válidas. Para este caso en particular la justificación para el actuar de estos guerrilleros era el querer ser juzgados en su país, el no querer ser extraditados y juzgados en el exterior, pues para ellos esto era ilegal. Aunque en realidad no lo es, pues el delito de ellos cruzaba las fronteras y se materializaba en el exterior, por otro lado tenían todo el pasado violento de acciones narcoterroristas dirigidas contra el estado, pero aclarando que nunca una de tal magnitud y crueldad.

BASES ESTRUCTURALES: Las bases estructurales del conflicto son aquellas que subyacen a las manifestaciones directas del mismo, específicamente se refiere a las injusticias, las desigualdades sociales, las relaciones asimétricas de poder y la inequidad en la distribución de los recursos. En este caso tenemos como bases estructurales el desacuerdo de los actores en la aplicación de la justicia por parte del estado y en el descontento con el modelo político y económico actual. Pues para ellos el estado no administra adecuadamente justicia es por eso que deciden dar un golpe a la sede del poder judicial. Por otro lado en la falta de presencia del estado en el control de los grupos y el narcotráfico y la relación entre ambos.

Es importante destacar que estos guerrilleros pretendían justificar sus delitos de lesa humanidad que a diario cometían, mediante un discurso político que pretendía por una mejor calidad de vida de las personas, una correcta repartición de la riqueza y una abolición de la corrupción en el gobierno. Si bien es cierto esto suena bastante convincente lo cierto es que en aras de alcanzar su ideal el M 19 se valió de actuares contra la ley y los derechos humanos, por tanto “deslegitimando” su discurso político y su pretender.

3. Análisis de los Actores del Conflicto.

· M19:

Andrés Almarales Manga:

Era el comandante del Grupo terrorista. Nacido en Ciénaga (Magdalena), fue miembro del partido comunista colombiano. Estudio Derecho y se destaco como dirigente sindical en el Valle. Trabajo con los grupos socialistas de Antonio García y con el frente Unido del Pueblo del cura Camilo torres. Haba recibido instrucción guerrillera en cuba y en países comunistas de Europa.

Luis Francisco Otero Cifuentes:

Nacido en Cali tenía 39 años de edad. Estudio Antropología en la Universidad Nacional. Militante de la Juventud Comunista (Juco), Combatió en cuba al lado de Castro en el Escambray y fue uno de los fundadores del M-19.

Alonso Joaquín Gutiérrez:

Nacido en Santa Marta, tenía 32 años en el momento de la toma. Abogado de la Universidad del Atlántico, se desempeñaba como profesor de Derecho en la Universidad Libre de Barranquilla. Era un brillante Orador.

Diógenes Benavides Martnielli:

Funcionario del Ministerio del Trabajo del gobierno Sandinista de Nicaragua.

Guillermo Helvecio Ruiz Gómez:

Natural de Cali, estudio sociología y fue profesor. Se integro al M-19 en 1976. En Albania Caquetá asistió a la Escuela de entrenamiento Yurayaco del movimiento subversivo.

· ESTADO

Belisario Betancourt:

Presidente de la república. Presidente de la República, Conservador natural de Amaga (Antioquia). Tenía en ese entonces 62 anos. Hombre esforzado, muy inteligente y preparado. De origen humilde.

General Miguel Vega Uribe:

Ministro de Defensa Nacional, 52 anos. Oficial del Ejército del arma de Caballería, era natural del socorro (Santander). Había escalonado reglamentariamente todos los grados militares desde su ascenso al grado de subteniente, en 1950.

General Samudio Molina :

Comandante del Ejército, nacido en Bucaramanga, contaba con 51 anos. Oficial de Infantería egresado de la escuela Militar en 1952. Casado con Margarita Lizcano y padre de cuatro hijos.

General Víctor Delgado Mallarino:

Director de la Policía Nacional. Natural del Departamento del cauca, abogado especializado en Criminología y Profesor Universitario. Casado con Mariela Reyes Díaz y padre de cuatro hijos.

Brigadier General Jesús Armando Arias Cabrales:

Brigadier General del arma de Artillería, era comandante de la XIII Brigada del Ejército con jurisdicción sobre la ciudad de Bogotá y el departamento de Cundinamarca. Casado con Martha Isaza, es padre de tres hijos.

Teniente Coronel Luis Alfonso Plazas Vega:

Comandante de la Escuela de Caballería del Ejército. Casado con Thania Vega y padre de tres hijos, tenía un grado de Administración de empresas y había cumplido 41 años.

Teniente Coronel Rafael Hernández López

Comandante de la Escuela de Artillería. Casado con Martha Sierra y padre de tres hijos, por entonces tenía 46 años de edad.

Teniente Coronel Bernardo Ramírez Lozano:

Comandante del Batallón Guardia Presidencial. Oficial de Infantería de 45 años, casado con Hilda Caballero y padre de tres hijos.

· VÍCTIMAS:

Directas: Fallecidos, lesionados y desaparecidos.

Indirectas: Los familiares de los fallecidos, lesionados y desaparecidos.

DESAPARECIDOS:

Ana Rosa Castiblanco: Auxiliar de cocina en la Cafetería.

Carlos Augusto Rodríguez Vera: Administrador de la Cafetería.

Bernardo Beltrán Hernández: Mesero de la Cafetería.

Gloria Anzola de Lanao: Visitante ocasional del Palacio de Justicia.

Cristina del Pilar Guarín Cortés: Cajera de la Cafetería.

David Suspes Celis: Chef de la Cafetería.

Gloria Stella Lisarazo Figueroa: Autoservicio Cafetería.

Lucy Amparo Oviedo de Arias: Visitante ocasional del Palacio de Justicia.

Luz Mary Portela León: Reemplazaba a su madre en el platero en la Cafetería.

Norma Constanza Esguerra: Proveedora de Pastelería.

Héctor Jaime Beltrán Fuentes: Mesero de la Cafetería.

Irma Franco Pineda: Guerrillera M-19.

FALLECIDOS:

MAGISTRADOS:

Alfonso Reyes Echandía : Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Presidente.

Manuel Gaona Cruz: Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Sala Constitucional.

Luis Horacio Montoya Gil: Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Sala Civil.

Ricardo Medina Moyano: Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Sala Constitucional.

José Eduardo Gnecco Correa: Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Sala Laboral.

Carlos José Medellín Forero: Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Constitucional.

Darío Velásquez Gaviria: Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Sala Penal.

Alfonso Patiño Rosselli: Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Constitucional.

Fabio Calderón Botero: Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Sala Penal

Pedro Elías Serrano Abadía: Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Sala Penal.

Fanny González Franco: Magistrada de la Corte Suprema de Justicia. Sala Laboral.

SERVIDORES PÚBLICOS:

Lizandro Juan Romero Barrios:

Magistrado Auxiliar del Consejo de Estado

Carlos Horacio Urán Rojas:

Abogado asistente del Consejo de Estado

Luz Estella Bernal Marín:

Abogada asistente del Consejo de Estado

Emiro Sandoval Huertas:

Magistrado Auxiliar

Julio César Andrade Andrade:

Magistrado Auxiliar

Jorge A. Correa Echeverry:

Magistrado Auxiliar

María Teresa Muñoz de Jiménez

:Auxiliar de magistrado de la Corte

Hermógenes Cortés Nomelín:

Auxiliar de magistrado de la Corte

Isabel Méndez de Herrera:

Auxiliar de magistrado de la Corte

Cecilia Concha Arboleda:

Auxiliar de magistrado de la Corte

María Cristina Herrera Obando:

Auxiliar de magistrado de la Corte

María Lida Mondol de Palacios:

Auxiliar de magistrado de la Corte

Rosalba Romero de Díaz:

Auxiliar de magistrado de la Corte

María Yaneth Rozo Rojas:

Auxiliar de magistrado de la Corte

Ruth Mariela Zuluaga de Correa:

Auxiliar de magistrado de la Corte

Ana Beatriz Moscoso de Cediel:

Auxiliar de magistrado de la Corte

Libia Rincón Mora:

Auxiliar de magistrado de la Corte

Nury Soto de Piñeros:

Auxiliar de magistrado de la Corte

Aura María Nieto de Navarrete:

Auxiliar Consejo de Estado

Blanca Inés Ramírez de Angulo:

Auxiliar Consejo de Estado

Jaime Alberto Córdoba Avila:

Auxiliar Consejo de Estado

María Teresa Barrios Rodríguez:

Auxiliar Consejo de Estado

TRABAJADORES:

Luis Humberto García:

Conductor

José Eduardo Medina Garavito:

Conductor

Plácido Barrera Rincón:

Conductor

Jorge Tadeo Mayo Castro:

Administrador del Palacio de Justicia

Gerardo Díaz Arbeláez:

Celador de COBISEC

Eulogio Blanco:

Celador de COBISEC

Carlota Sánchez de Monsalve:

Ascensorista del Palacio de Justicia

VISITANTES OCASIONALES:

Gustavo Ramírez Rivera:

Particular visitante

María Isabel Ferrer de Velázquez:

Particular visitante

René Francisco Acuña Jiménez:

Transeúnte

-De los integrantes del M19:

Eran personas académicamente preparadas, así como algunos tenían instrucción militar en el país o en el extranjero, eran verdaderos revolucionarios puesto que tenían ideales fundamentados y no luchaban por el control del narcotráfico.

-De los representantes del Estado Colombiano:

Tanto el presidente como los militares eran personas académicamente preparadas respecto del cargo que estaban ocupando.

-De las víctimas:

Las víctimas de esta toma terrorista pertenecían a todos los actores. De todas formas en necesario resaltar que las víctimas que no pertenecían ni al estado ni al M19, eran personas humildes ajenas al conflicto, puesto que los cargos que desempañaban no requerían mayor preparación intelectual (ascensorista, choferes, cocineros, guardas de seguridad)

La toma al palacio de justicia por parte del M19 tiene una connotación política importante puesto que este asalto terrorista se llevó a cabo contra un órgano vital del estado colombiano, y contra los servidores públicos más importantes de la rama judicial del poder público. Así mismo, fue perpetrado por una organización insurgente-revolucionaria con intenciones políticas, es decir, fue una manifestación directa de violencia política:

“Se entenderá por violencia política aquella ejercida como medio de lucha político-social, ya sea con el fin de mantener, de modificar, de sustituir o de destruir un modelo de estado o de sociedad, o también de destruir o reprimir a un grupo humano con identidad dentro de la sociedad por su afinidad social, política, gremial, étnica, racial, religiosa, cultural o ideológica, esté o no organizado”

De acuerdo a la anterior definición de violencia política, puede decirse que de cierta medida la intención del M19 de modificar, sustituir o destruir el modelo estatal colombiano fue logrado, puesto que el acto tuvo como objetivo la destrucción de un órgano del estado colombiano.

En este caso, el daño político es evidente puesto que la destrucción del palacio de justicia acarreó la deslegitimación del estado colombiano frente a sus asociados. Esta deslegitimación sucede porque la sociedad colombiana pudo constatar que los grupos revolucionarios estaban en la capacidad de (a través de las armas) de derrocar el sistema político elegido democráticamente.

Lo anterior implicó una lesión grave y directa al valor democrático de la esencia política del país, así como consecuencias en la vida política de Colombia, ya que en cierta medida hizo inviable que la organización política del momento siguiera en pie por la magnitud y trascendencia del acto.

BIBLIOGRAFIA

http://es.wikipedia.org/wiki/Toma_del_Palacio_de_Justicia
http://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Cronolog%C3%ADa_de_la_Toma_del_Palacio_de_Justicia
http://www.elabedul.net/Documentos/Temas/Justicia_y_Paz/Comision_alvaro_fayad.pdf
http://www.lablaa.org/blaavirtual/revistas/credencial/septiembre1999/117toma.htm
http://alvaroduque.wordpress.com/2006/11/19/el-informe-sobre-la-toma-del-palacio-de-justicia/
http://www.ictj.org/es/news/press/release/1787.html

SOLUCION POR MEDIO DE JUSTICIA RESTAURATIVA

Es realmente importante lograr la reparación a las victimas y familiares de victimas de la toma del Palacio de Justicia y de igual forma se establezcan responsabilidades tanto del Estado Colombiano como de los grupos al margen de la ley que fueron actores en este hecho; es imprescindible reconocer los derechos de las victimas a la verdad, justicia y reparación, que conozcan el por que y como sucedieron los hechos, esto ayuda a reparar los derechos de las victimas y reconstruir de forma acertada la historia del país en cuanto a ese suceso; se hace necesario para una reparación de las victimas y aquellas personas que aun desconcen el destino que tuvieron familiares, el acceso a la verdad el cual se logra una vez se realice investigaciones y descubrimientos de lo que motivo a la realización de la toma del Palacio y como sucedieron los hechos, esto con la intención de la no repetición de acontecimientos tan dolorosos para la historia de nuestro país y para el cumplimiento y defensa del derecho a la verdad, es de gran relevancia y fundamental para que se logra la la satisfacción del derecho a la justicia no solo en cuanto a vulneraciones de derechos individuales sino de igual forma violación a derechos en colectividad, en Colombia se debe de juzgar y castigar a los responsables de hechos como el que hemos expuesto, del ejercicio del derecho a la justicia depende el rechazo publico de la impunidad social, el ejercicio y cumplimiento de este derecho debe de ser una exigencia nacional e internacional.

Se debe de reparar a las victimas con una atención en cuanto a rehabilitación psicosocial e indemnización por parte del Estado Colombiano quien debe de garantizar por medio de la justicia y esclarecimiento de los hechos la no repetición de actos de tal magnitud donde se atenta contra los derechos de todos los ciudadanos Colombianos.

La paz y la justicia se complementan a tal punto que no puede existir una sin la otra, es importante la reparación colectiva con el esclarecimiento de los hechos; esta reparación debe de ser integral tomando en cuenta todos los derechos individuales que se vulneraron en acontecimientos como el de la toma al Palacio de Justicia, de igual forma el Estado Colombiano debe de asumir la responsabilidad en los hechos ocurridos.

El mecanismo que escogimos para efectuar la reparación de las victimas fue PROCESOS CIRCULARES, debido que consideramos que es el más acertado en cuanto a la reparación de las victimas y de la colectividad afectada por la toma del Palacio de Justicia.

Como la metodología es reunir a la victima, el ofensor y la comunidad directa e indirectamente afectada, consideramos que es necesario previamente se esclarezcan por parte del Estado Colombiano los hechos acontecidos en la toma al Palacio de Justicia debido que el inconveniente y por lo que mas reclaman los familiares de las victimas es por la oscuridad de los hechos y la falta a la verdad de todo este acontecimiento.

Una vez se tengan los argumentos suficientes previa una investigación exhaustiva por parte del Estado es pertinente reunir a las victimas y familiares de victimas con un representante del Estado para que se desarrolle un dialogo que abra la posibilidad de dar respuesta a todos los interrogantes de las victimas y familiares de las mismas; es de gran relevancia el contenido espiritual para lograr crear un ambiente de perdón y resarcir todos los sentimientos que se crean como resultado de situaciones de conflicto tan graves como este denominado holocausto que ha llenado de tanto dolor a las familias de las diferentes victimas; consideramos que una de las partes debe de ser el Estado Colombiano debido que ha sido muy juzgada y puesta en duda la credibilidad y honestidad del mismo en este suceso, de igual forma de los mandos militares, este círculo le brinda la posibilidad de argumentar ya sea de asumir errores o demostrar la no culpabilidad.

Es muy importante que previo a la reunión nosotras como facilitadoras conozcamos de primera mano los argumentos de ambas partes para mediar en el momento que se presenten conflictos o situaciones que pongan en riesgo la continuidad del círculo, de igual forma debemos de tener muy claro que se busca con la realización de este proceso que seria básicamente llegar al conocimiento de ambas partes de lo sucedido y de los sentimientos que nacieron de este hecho histórico en nuestro país.

Por lo tanto cada parte tendrá como primera medida la posibilidad de narrar las situaciones que acontecieron durante este hecho y durante todos estos años de zozobra; posteriormente se procederá a realizar acuerdos que tengan como objetivo reparar a las victimas y familiares; por ultimo nosotras como facilitadoras expondremos los aspectos positivos que se lograron con la realización del circulo y los compromisos que se generaron de este.

En este tipo de casos es difícil establecer cuales pueden ser los medios por los cuales reparar a las victimas y familiares a lo largo de las investigaciones que realizamos encontramos que mas que una reparación encaminada a la indemnización monetaria, lo que piden las victimas y familiares es que se de a conocer el por que y como ocurrieron los hechos de la toma al Palacio de Justicia y de esta forma se trata de reparar las victimas y familiares.